El seguro de un bar o restaurante: lo que cubriría y lo que conviene revisar
Un bar o un restaurante tiene riesgos que una vivienda no tiene: una cocina con fuego y grasa, cámaras llenas de género, clientes entrando y saliendo y, muchas veces, una terraza en la calle. La póliza de negocio puede cubrirlos, pero cada uno tiene su garantía, su límite y sus condiciones. Esta guía repasa los puntos que más pesan el día del siniestro.
Lo que exige la normativa y lo que eliges tú
Hay que separar dos cosas:
- Lo que pide la normativa. En Cataluña, el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas (Decreto 112/2010) exige a los establecimientos que regula, entre ellos muchos de restauración, un seguro de responsabilidad civil con capitales mínimos que dependen del aforo. Además, el convenio de hostelería prevé indemnizaciones por accidentes laborales graves que las empresas suelen asegurar. Lo que aplica a tu local lo confirma tu ayuntamiento, tu gestoría o tu convenio.
- Lo que eliges tú. Incendio, agua, robo, maquinaria, pérdida de beneficios… no los impone la normativa, pero son los que sostienen el negocio si algo pasa.
Los riesgos que más pesan
La cocina y el fuego. El caso más típico es la grasa de la campana o del conducto de extracción que prende. La póliza suele cubrir los daños del fuego y, sobre todo, del humo, que llega mucho más lejos que las llamas. Conviene mirar dos cosas: si la póliza pide limpieza periódica de campanas y conductos (y si guardas los justificantes) y si exige extintores o sistemas de extinción revisados. El aparato que originó el fuego no se suele pagar; lo que quemó, sí.
Las cámaras y el género. Una avería o un corte de luz pueden echar a perder lo que hay en cámaras y congeladores. Esa garantía (deterioro de mercancías refrigeradas) no siempre viene incluida, y cuando viene suele tener condiciones: un corte de cierta duración, que la causa sea externa o una avería accidental, un límite propio. La mercancía se valora a precio de coste, no al precio de carta.
La terraza y lo que está fuera. Mesas, sillas, sombrillas, toldos y jardineras en la calle suelen quedar fuera de las garantías de daños o tener un límite aparte. Un temporal evidente no cambia eso si la póliza excluye los bienes al aire libre.
Clientes y terceros. La responsabilidad civil de explotación cubre los daños a clientes y terceros durante la actividad: un resbalón, un vaso roto que corta a alguien, el agua que baja al local de al lado. La RC de productos cubre los daños por lo que sirves, como una intoxicación alimentaria. La RC patronal cubre los accidentes de tus empleados cuando se reclama tu responsabilidad. Son tres garantías distintas, y conviene ver si tienes las tres y con qué límite.
Robo y atraco. Si la póliza declara alarma, tiene que estar instalada, conectada y activada. La caja y el efectivo tienen límites propios, más bajos dentro de la caja registradora que en caja fuerte. El atraco en la calle, camino del banco, no lo suele cubrir la póliza del local salvo que se contrate.
Parar el negocio. Si un incendio te obliga a cerrar semanas, los daños materiales son una parte. La otra es lo que dejas de ingresar mientras sigues pagando alquiler y nóminas. Eso es la pérdida de beneficios, una garantía opcional con su propio periodo máximo y su forma de cálculo.
Si eres inquilino del local
El edificio es del propietario y su seguro lo cubre. Lo tuyo son el contenido (maquinaria, mobiliario, género) y las obras de reforma que hiciste: la barra, la cocina montada, los baños adaptados, la instalación de extracción. Esas obras suelen ser una cifra importante y hay que declararlas como tales.
Un ejemplo para verlo
Ejemplo ilustrativo, con cifras inventadas: se incendia la campana de un restaurante un sábado por la noche. El fuego se apaga rápido, pero el humo ennegrece toda la sala.
- La limpieza y pintura de la sala, y el mobiliario dañado: irían por la garantía de incendio, si la póliza no la condiciona a un mantenimiento que no se hizo.
- La campana: si fue su avería la que empezó el fuego, podría quedar fuera como origen.
- El género de la cámara que hubo que tirar por el humo: dependería de si está cubierto el contenido y a qué valor.
- Las dos semanas cerrado: solo con pérdida de beneficios contratada.
Qué revisar en tu póliza
- Capitales de contenido y de obras de reforma: ¿siguen siendo los de cuando abriste?
- Garantía de mercancías refrigeradas: ¿la tienes y con qué condiciones?
- Condiciones de mantenimiento de campanas, extintores y alarma.
- Límites de RC de explotación, productos y patronal.
- ¿Tienes pérdida de beneficios? ¿Por cuánto tiempo?
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el seguro de responsabilidad civil en un bar?
En Cataluña, los establecimientos que regula el Decreto 112/2010 deben tenerlo, con capitales mínimos según el aforo. Fuera de Cataluña depende de la normativa de cada comunidad y municipio.
¿El seguro cubre la comida que se estropea por un corte de luz?
Solo si tienes contratada la garantía de mercancías refrigeradas y se cumplen sus condiciones. Muchas pólizas exigen un corte de cierta duración y dejan fuera la avería por desgaste.
¿Cubre la terraza si un temporal se lleva las sombrillas?
Muchas pólizas excluyen los bienes al aire libre o les ponen un límite propio. Hay que buscarlo en las condiciones.
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Esta guía explica cómo suelen funcionar las pólizas. Lo que se cubriría en tu caso depende de las condiciones de tu póliza y de la valoración del siniestro concreto.