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Robo en una casa vacía o de segunda residencia: lo que mira tu póliza

Muchas pólizas limitan la cobertura de robo cuando la vivienda pasa mucho tiempo sin nadie, y lo dicen en una cláusula que casi nadie lee. Si tienes una segunda residencia o vas a dejar tu casa cerrada una temporada, conviene saber qué plazo pone tu póliza y qué deja de cubrir pasado ese plazo.

La cláusula de deshabitación

Es habitual que las coberturas de robo y de objetos de valor exijan que la vivienda no esté deshabitada más de un número de días seguidos, o que pidan medidas adicionales cuando lo está. El plazo y las consecuencias cambian mucho de una póliza a otra, así que hay que buscarlos en tu contrato. Suele aparecer en:

Algunas pólizas diferencian además entre vivienda habitual y secundaria, con límites distintos para cada una. Si declaraste que tu casa es habitual y en realidad la usas solo en verano, conviene que lo sepa tu compañía.

Por qué la ley pide avisar

La Ley 50/1980 obliga a declarar el riesgo al contratar (art. 10) y a comunicar durante el contrato las circunstancias que agraven el riesgo y que, de haberse conocido al contratar, habrían cambiado las condiciones (art. 11). Que una vivienda habitada pase a estar vacía mucho tiempo puede ser una de ellas. Si vas a cambiar el uso de tu casa, pregunta a tu compañía cómo lo trata.

Robo no es lo mismo que hurto

Para el seguro, la diferencia es enorme:

Muchas pólizas cubren el robo y excluyen el hurto, o lo cubren con un límite muy bajo. En una casa vacía, si no hay señales de entrada, puede ser difícil demostrar que hubo robo.

Lo que más sorprende

Un ejemplo para verlo

Ejemplo ilustrativo: una casa de veraneo está cerrada de octubre a junio. En marzo, alguien fuerza la puerta de la terraza y se lleva la tele y unas joyas guardadas en un cajón.

Qué mirar en tu póliza, en cinco minutos

  1. ¿Tu vivienda figura como habitual o secundaria?
  2. ¿Hay una definición de deshabitada y cuántos días pone?
  3. ¿Qué pasa con robo y joyas cuando se supera ese plazo?
  4. ¿Hay medidas de seguridad exigidas (puerta blindada, cerradura de seguridad, alarma) que declaraste al contratar? Si declaraste una alarma, tiene que estar instalada y funcionando.
  5. ¿Cubre el hurto o solo el robo?

Preguntas frecuentes

¿Mi seguro cubre el robo si me voy un mes de vacaciones?

Depende del plazo de deshabitación de tu póliza. Muchas toleran ausencias normales y ponen el límite en periodos más largos, pero el número concreto solo lo dice tu contrato.

¿Una segunda vivienda necesita un seguro distinto?

No siempre, pero sí declararla como lo que es. Las pólizas para segundas residencias suelen tener sus propios límites de robo y de objetos de valor.

¿Cubre el seguro si me ocupan la casa?

Depende de la póliza. Algunas incluyen garantías específicas (gastos, defensa jurídica, daños); otras no la mencionan. No hay que darla por cubierta sin leerlo.

¿Qué hago si al volver encuentro la casa robada?

No toques nada, llama a la policía, denuncia con una lista lo más completa posible y da el parte a tu compañía cuanto antes. Las facturas, fotos o vídeos de tus cosas ayudan a demostrar lo que había.

Revisa tu póliza antes de cerrar la casa

En dos minutos y gratis, el semáforo te dice si hay algo en tu seguro que conviene mirar.

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Esta guía explica cómo suelen funcionar las pólizas. Lo que se cubriría en tu caso depende de las condiciones de tu póliza y de la valoración del siniestro concreto.